Calendario de implantación:
Información adaptada a la Versión 9.2 de Noviembre de 2016
o El 18 de marzo de 2014 es la fecha en la que dejan de procesarse las transferencias
con los formatos nacionales tradicionales.
o El 10 de junio de 2014 es la fecha en la que dejan de procesarse las operaciones
de adeudos domiciliados conforme a las reglas y formatos nacionales tradicionales.
o El 1 de febrero de 2016 dejan de utilizarse los formatos TXT para comunicación
de datos de adeudos domiciliados y transferencias, a las entidades bancarias, siendo
obligatorio a partir de esa fecha el uso de formato XML.
o En Noviembre de 2016 entran en vigor cambios en la normativa como dejar de distinguir entre adeudos FRST/RCUR, el BIC deja de ser obligatorio en transacciones dentro del EEE, etc.